Corte Suprema confirma libertad de Álvaro Uribe y cuestiona motivación jurídica de su detención
Esto ocurre mientras se espera la decisión de segunda instancia

La Sala de Tutelas número tres de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó, por mayoría, la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que revocó la orden de detención contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez y le concedió la libertad.
El pronunciamiento ratifica la protección del derecho fundamental a la libertad de Uribe, quien fue condenado el pasado 1 de agosto por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. La sentencia incluyó una medida de prisión domiciliaria inmediata que fue posteriormente cuestionada por la defensa del exmandatario.
El Tribunal Superior de Bogotá, en fallo del 19 de agosto, resolvió una tutela interpuesta por la defensa, revocando el apartado de la sentencia que ordenaba la detención inmediata. Tanto la Fiscalía como los representantes de las víctimas impugnaron la decisión, lo que llevó el caso hasta la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema.
No cumplía con los estándares
En su análisis, la Corte concluyó que la decisión del juzgado de imponer la detención domiciliaria no cumplía con los estándares exigidos en cuanto a motivación. Según el alto tribunal, aunque se enunciaron razones, estas no fueron suficientes ni adecuadamente fundamentadas. “Una cosa es explicar y otra justificar una decisión”, señaló la Sala.
Asimismo, el fallo advierte que la argumentación presentada por el juzgado resultó “aparente”, al no mostrar con claridad la razonabilidad y proporcionalidad necesarias para restringir la libertad del condenado. La Corte fue enfática en que no basta con afirmar que se hizo un análisis de proporcionalidad, sino que deben presentarse fundamentos jurídicos y fácticos concretos que lo sustenten.
En su providencia, el alto tribunal reiteró lo que ha venido sosteniendo desde 2023: que la privación de libertad tras una condena debe ser una medida excepcional, y solo puede aplicarse si existe una motivación clara, suficiente y sustentada legalmente.
La decisión fue adoptada por mayoría y contó con un salvamento de voto por parte de uno de los magistrados, quien ya había manifestado posturas divergentes en casos similares.





