Julio llega con cambios en el bolsillo de los trabajadores: aumentan recargos y se reduce la jornada laboral
La reforma también mantiene diferencias entre quienes laboran estos días de manera ocasional y quienes lo hacen con frecuencia.
Los trabajadores colombianos comenzarán julio con modificaciones en las reglas laborales que impactarán tanto el pago por trabajar en días de descanso como la duración de la jornada semanal. Las medidas hacen parte de la implementación gradual de la reforma laboral y obligarán a las empresas a ajustar la forma en que calculan la nómina y las horas extras.
Uno de los principales cambios entró en vigor este 1 de julio. Desde ahora, quienes presten sus servicios durante domingos o festivos recibirán un recargo del 90 % sobre el valor de la jornada, un incremento frente al 80 % que se venía pagando. La legislación prevé que ese porcentaje continúe aumentando hasta llegar al 100 % en 2027.
El beneficio aplica como un pago adicional al salario correspondiente por el día laborado y busca ofrecer una mayor compensación a quienes trabajan durante jornadas que, por regla general, están destinadas al descanso.
La reforma también mantiene diferencias entre quienes laboran estos días de manera ocasional y quienes lo hacen con frecuencia. Cuando un empleado trabaja tres o más domingos o festivos en un mismo mes, además del pago con el recargo tendrá derecho a un día de descanso compensatorio remunerado. Si únicamente trabaja uno o dos de esos días, podrá elegir entre recibir el pago adicional o disfrutar del descanso.
Desde el 15 de julio
Otro cambio importante llegará el próximo 15 de julio, cuando la jornada máxima semanal pasará oficialmente de 44 a 42 horas. Aunque el salario mensual no sufrirá modificaciones, la reducción de horas hará que aumente el valor de la hora ordinaria, lo que también elevará el costo de las horas extras y de los diferentes recargos.
Con la nueva jornada, el cálculo de la hora de trabajo dejará de hacerse sobre una base de 220 horas mensuales y pasará a realizarse sobre 210, lo que incrementará automáticamente el valor de cada hora laborada.
La normativa conserva el horario nocturno entre las 7:00 de la noche y las 6:00 de la mañana, mientras que la jornada diurna continuará comprendida entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche.
Los cambios también tendrán efectos sobre algunos beneficios empresariales. Con la entrada en vigor de la jornada de 42 horas semanales, el Día de la Familia dejará de ser una obligación legal para los empleadores, al considerar que la reducción del tiempo de trabajo ya representa un mayor espacio para el descanso de los trabajadores. Sin embargo, las empresas deberán seguir otorgándolo cuando ese beneficio haga parte de convenciones colectivas, pactos laborales, contratos de trabajo o de sus políticas internas.
Las nuevas disposiciones forman parte del cronograma establecido en la Ley 2466 de 2025 y se suman a la reducción gradual de la jornada laboral contemplada en la Ley 2101 de 2021. Quienes consideren que sus empleadores no están aplicando correctamente estas modificaciones podrán presentar reclamaciones internas o acudir ante el Ministerio del Trabajo y la Inspección del Trabajo para solicitar el cumplimiento de la normativa.

