Colombia

MinTransporte advierte riesgo de suspensión de licencias por falta de examen médico en adultos mayores

Según cálculos de la entidad, alrededor de 2,2 millones de personas podrían enfrentar problemas para renovar su documento, ya sea por no realizar el trámite a tiempo o por incumplir la nueva exigencia de registro del certificado médico.

Suscribite a nuestro canal para recibir toda la información

El Ministerio de Transporte lanzó una alerta dirigida especialmente a los conductores mayores de 65 años: quienes no cumplan con un examen médico obligatorio podrían ver suspendida su licencia de conducción, un requisito que ahora tendrá un control más estricto a través del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).

Según cálculos de la entidad, alrededor de 2,2 millones de personas podrían enfrentar problemas para renovar su documento, ya sea por no realizar el trámite a tiempo o por incumplir la nueva exigencia de registro del certificado médico.

Una evaluación del CRC

La normativa, sustentada en la Ley 2251 de 2022 y la Resolución 217 de 2014, establece que los conductores de este grupo etario deben someterse a una evaluación en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), donde se les practican pruebas de visión, audición, coordinación motriz y una revisión física completa. Además, se volvió indispensable que el certificado expedido por el CRC quede cargado correctamente en la plataforma del RUNT; si no aparece allí, el trámite será rechazado.

El Ministerio recordó que, para proceder con la renovación, el ciudadano también debe estar inscrito en el RUNT y no tener sanciones pendientes.

La cartera fue clara en que, si un conductor se presenta sin el certificado o si el documento no está registrado en el sistema, la solicitud será negada de inmediato. Y en los casos donde la evaluación médica determine que la persona no es apta, la renovación quedará bloqueada hasta que se cumplan las recomendaciones indicadas por los profesionales de salud.

En cuanto a los tiempos de renovación, la regulación vigente indica que los conductores entre 60 y 80 años que manejan vehículos particulares deben hacerlo cada cinco años, mientras que los mayores de 80 deben cumplir el trámite anualmente. Para quienes pertenecen al servicio público, la renovación es obligatoria cada año a partir de los 60.

Víctor Castro Gutierrez

Con su título en mano, Víctor comenzó su carrera periodística como reportero en un periódico local de Medellín. Hoy en día, continúa desempeñando un papel crucial en el periodismo colombiano, siendo un referente en la investigación y denuncia de los problemas más apremiantes de la sociedad, y un defensor incansable de la libertad de prensa y la ética periodística en Colombia.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *