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Economía

¿Cómo solicitar un subsidio de desempleo en Colombia y qué requisitos piden?

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De acuerdo a la información publicada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (Dane), para el mes de junio de 2022, la tasa de desempleo del total nacional fue 11,3%, lo que representó una reducción de 3,3 puntos porcentuales respecto al mismo mes de 2021 (14,6%).

Con esta cifra, el número de desocupados a nivel nacional bajó de 3,4 millones hace un año a 2,79 millones y 650.000 personas en junio, frente a la cifra del mismo mes el año pasado.

En el caso del desempleo femenino, este pasó de una cifra de 18% al 14,1%, y para la población masculina la reducción fue desde 12,3% a un 9,2%. Sin embargo, todavía faltan por recuperar 189.000 puestos de trabajo para contar con los mismos registros que se tenían antes de la llegada de la pandemia por covid-19.

Las personas que se encuentran desempleadas, pueden postularse para ser beneficiarias del subsidio que entrega el Gobierno nacional para proteger a los trabajadores que actualmente se encuentran sin empleo, pero hicieron aportes a las cajas de compensación en los últimos tres años.

El Mecanismo de Protección al Trabajador Cesante, es un incentivo económico que dirigen las cajas de compensación colombianas y se creó a raíz de la crisis monetaria del país, causada por la pandemia del Covid-19. Con esto también pueden acceder a los servicios de intermediación y capacitación laboral para conseguir un nuevo trabajo en el menor tiempo posible.

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Esta solicitud puede hacerse una sola vez cada tres años, contados a partir del primer pago y siempre y cuando se cumplan con las condiciones de cesante. Una vez se presente la postulación, la notificación sobre si se cumplen o no las condiciones establecidas en la ley se realizará dentro de 15 días hábiles.

Quienes apliquen al subsidio de desempleo podrán contar con los siguientes beneficios por hasta seis (6) meses:

  • Pago de aportes a Salud calculado sobre un (1) SMMLV equivalente a $125.000por hasta seis (6) meses.
  • Pago de aportes a Pensión calculado sobre un (1) SMMLV equivalente a $160.000por hasta seis (6) meses.
  • Incentivo por ahorro de cesantías (Aplica si fue ahorrador voluntario al MPC).

Pago de transferencia económica calculado sobre uno punto cinco (1.5) SMMLV divididos en cuatro (4) mensualidades decrecientes, de la siguiente manera:

  • 40% de 1.5 SMLV equivalente a $600.000
  • 30% de 1.5 SMLV equivalente a $450.000
  • 20% de 1.5 SMLV equivalente a $300.000
  • 10% de 1.5 SMLV equivalente a $150.000

Requisitos para hacer la postulación al subsidio

La persona debe encontrarse en situación de desempleo por cualquier causa. En el caso de personas independientes, que su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con fuentes de ingresos.

Haber realizado aportes a una caja de compensación familiar, por lo menos, por 1 año continuo o discontinuo en los últimos 3 años, si se es dependiente. Si es independiente, los aportes deben ser, por lo menos, por dos años continuos o discontinuos en los últimos 3 años.

Estar inscrito en cualquiera de los servicios de empleo autorizados, pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo, y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.

Estar registrado en los programas de capacitación en la Agencia de Empleo.

La persona debe postularse en la última caja de compensación en la que estuvo afiliado. El trámite se puede realizar a través de las páginas web de cada entidad.

¿Qué documentos se necesitan?

  • Documento de identificación completo y legible.
  • Certificado de cesación laboral expedida por el último empleador, que indique la fecha exacta de la terminación del contrato. En el caso de los trabajadores independientes, la certificación será equivalente a la constancia sobre terminación del contrato que emita el contratante o el acta de terminación del contrato.
  • Certificado de la EPS en la cual la persona estuvo afiliada, con vigencia no mayor a 30 días.
  • Certificado del fondo de pensión al que la persona estuvo afiliado, con vigencia no mayor a 30 días.

Es importante tener en cuenta que no pueden acceder a este subsidio de desempleo quienes ostenten la calidad de servidores públicos de elección popular; las personas que se encuentren devengando una pensión de jubilación por invalidez, vejez o sobrevivencia o quienes hayan percibido beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, durante 6 meses continuos o discontinuos en los últimos tres años, incluye subsidios de emergencia.

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