Requisitos para aplicar al subsidio de desempleo en el 2022
Desde el inicio de la pandemia por el Covid-19, el Gobierno estableció que los trabajadores dependientes o independientes que queden desempleados podrán postularse al subsidio de emergencia del Mecanismo de Protección al Cesante mientras permanezca el Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica declarada a causa de la pandemia del coronavirus.
En este 2022 el Estado de Emergencia sigue vigente, por tal razón, los interesados pueden aplicar y el Gobierno a través del Ministerio de Trabajo también estableció un auxilio adicional correspondiente a una transferencia económica equivalente a 2 SMMLV durante 3 meses (artículo 6 del decreto 488 de 2020), lo que equivale a $2.000.000 para este año.
Además, las personas cesantes que se postulen para recibir el mencionado beneficio, tendrán acceso a aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre 1 salario mínimo legal mensual vigente.
Adicionalmente, recibirán la cuota monetaria del subsidio familiar para hijos, hermanos en situación de discapacidad o padres dependientes, en los mismos términos y valores que se venían entregando y en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicables al Sistema de Subsidio Familiar.
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Mintrabajo informó que el beneficio también ampara a las personas que no reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes y que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante 1 año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 5 años.
Con el fin de facilitar a los usuarios la recepción y radicación de los documentos que le requieran, cada Caja de Compensación Familiar implementará los mecanismos virtuales y asesoría telefónica, que deben informar a la ciudadanía de manera oportuna.
¿Cuáles son los requisitos para aplicar al subsidio?
- Según Mintrabajo, que su situación laboral haya terminado por cualquier causa o en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ningún otro o no tenga ninguna fuente de ingresos.
- Únicamente los trabajadores dependientes o independientes que estén cesantes y que durante el tiempo que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación Familiar, durante un año, continuo o discontinuo, y hubiesen estado clasificados en la categoría A y B.
- Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.
- Estar inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno.
- Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de las cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como mínimo el 10 % del promedio de su salario mensual del último año. Para quienes devenguen más de 2 SMMLV el ahorro mínimo deberá ser de 25 %.
- El postulante debe acreditar ante la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvo afiliado, certificación sobre la terminación del contrato de trabajo en caso de trabajadores dependientes o cese de ingresos en caso de independientes.
- Diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante. Para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo por este medio, lo podrán descargar en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar.