¡Ojo pensionados! La DIAN puede multarlo aunque su declaración de renta dé cero
El punto que suele generar confusión es que una persona puede tener que presentar declaración de renta sin necesariamente tener que pagar impuesto. La obligación de informar y la obligación de pagar no son lo mismo.
Creer que la pensión lo deja automáticamente libre de declarar renta puede convertirse en un costoso error. La Dian advirtió que algunos jubilados están obligados a presentar este trámite y que no hacerlo, entregarlo después de la fecha límite o incluir información incorrecta puede terminar en fuertes sanciones.
El punto que suele generar confusión es que una persona puede tener que presentar declaración de renta sin necesariamente tener que pagar impuesto. La obligación de informar y la obligación de pagar no son lo mismo.
Por eso, recibir una mesada pensional no basta para determinar si existe o no el deber de declarar. La situación debe revisarse de acuerdo con los ingresos, el patrimonio y los movimientos financieros registrados durante el año gravable.
Uno de los límites establecidos corresponde a los ingresos brutos. Si durante el año alcanzaron o superaron las 1.400 UVT, equivalentes a $73.323.600, puede existir obligación de presentar la declaración. En esa suma no solamente cuenta la pensión: también pueden entrar arriendos, rendimientos financieros y otros ingresos.
El patrimonio también puede encender las alarmas. Si al cierre del año gravable una persona tenía bienes por un valor igual o superior a 4.500 UVT, es decir, $235.683.000, puede quedar obligada a declarar.
La Dian también tiene en cuenta ciertos movimientos económicos. Haber realizado consumos, compras o consignaciones por encima de 1.400 UVT, equivalentes a $73.323.600, es otro de los criterios que puede llevar a que un pensionado tenga que presentar el formulario. Y aquí aparece uno de los puntos que más puede golpear el bolsillo: presentar tarde la declaración puede generar una sanción aunque el resultado final sea cero.
La multa
La multa mínima puede ser de 10 UVT, equivalentes a $523.740. Cuando existe impuesto a cargo, la sanción por extemporaneidad puede corresponder al 5 % del valor del impuesto por cada mes o fracción de mes de retraso.
Si no existe impuesto a pagar, la sanción puede calcularse tomando como referencia los ingresos brutos o el patrimonio líquido, dependiendo del caso. La Dian también contempla porcentajes específicos para determinar la penalización.
Pero no presentar la declaración puede ser todavía más costoso. La sanción puede llegar al 20 % de las consignaciones bancarias o de los ingresos brutos correspondientes al periodo investigado. A esto pueden sumarse intereses moratorios cuando existan obligaciones económicas pendientes.
La situación se complica aún más si el contribuyente presenta información que no corresponde con su realidad tributaria. Omitir ingresos adicionales o suministrar datos inexactos para reducir la obligación puede generar sanciones que van del 100 % al 200 % de la diferencia entre lo establecido por la Dian y lo reportado en la declaración.
La entidad recordó además que los pensionados deben cumplir con la declaración de renta y, “dado sea el caso, llevar a cabo el pago si hay una carga impositiva a responsabilidad de contribuyente”.
El terremoto del 10 de agosto tampoco elimina esta responsabilidad. Aunque el Gobierno amplió el calendario tributario para contribuyentes afectados en Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca, la Dian aclaró que quienes continúen obligados deberán cumplir con el trámite dentro de las nuevas fechas.
En otras palabras, el error de muchos pensionados puede estar en asumir que no tienen nada que declarar porque su principal ingreso es una mesada. La Dian puede revisar también otros recursos, propiedades y movimientos financieros.
Por eso, antes de dejar pasar la obligación, los pensionados deben verificar si cumplen alguno de los topes establecidos. Una declaración con impuesto de cero puede ser válida; una declaración que debía presentarse y nunca se entregó puede terminar convertida en una sanción.


