Comisión de Disciplina abre proceso contra magistrados por fallo que absolvió a Álvaro Uribe
En total son tres los magistrados cobijados con la medida

Una nueva arista jurídica se abre alrededor del proceso penal seguido contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial dispuso iniciar una investigación disciplinaria contra tres integrantes de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá por presuntas irregularidades relacionadas con el fallo emitido en octubre de 2025.
La actuación, formalizada en un auto notificado el 17 de febrero de 2026, cobija a los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto. Según el documento, el examen disciplinario se orienta a establecer si hubo una “presunta violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades en el proceso (…) en el que profirieron sentencia el día 14 de octubre de 2025, cuya lectura se llevó a cabo el 21 de octubre siguiente”.
El trámite se originó tras la queja presentada por un ciudadano que cuestionó la participación de uno de los magistrados en la decisión absolutoria. Previamente, esa misma persona había promovido una acción de tutela ante la Corte Suprema de Justicia, específicamente ante su Sala de Casación Penal, alegando una supuesta nulidad derivada de la intervención de un funcionario que, en su criterio, debía declararse impedido.
Diversas fallas en el proceso
En su análisis, el alto tribunal concluyó que la tutela no cumplía con el requisito de legitimación en la causa por activa. Consideró que el accionante no demostró afectación directa de derechos fundamentales ni representación válida de terceros, y precisó que actuar como veedor ciudadano no otorga facultad para controvertir decisiones judiciales en las que no se es parte. Por ello resolvió “rechazar por falta de legitimación en la causa por activa la acción de tutela presentada”, aunque dejó abierta la posibilidad de acudir a instancias disciplinarias.
Ese escenario es precisamente el que ahora se activa con la decisión de la Comisión. El inicio de la investigación no implica un pronunciamiento sobre responsabilidad, sino la apertura de una etapa en la que se podrán practicar pruebas y verificar si existió incumplimiento de deberes funcionales en la conformación de la mayoría que adoptó la sentencia.
Con esta determinación, el caso entra en el ámbito de control interno de la jurisdicción disciplinaria, que deberá evaluar los hechos denunciados y, tras surtir las etapas procesales previstas en la ley, definir si procede o no la imposición de sanciones. Entretanto, la actuación de los magistrados en el fallo absolutorio permanece bajo revisión institucional.

