¿Qué pasa si soy jurado de votación y no cumplo con el compromiso?
Se trata de un responsabilidad democrática cuya participación es obligatoria salvo algunas causales
El pasado 13 de febrero la Registraduría Nacional del Estado Civil anunció que para las elecciones legislativas de marzo de este año; más de 700 mil personas resultaron escogidas como jurado de votación para ser garantes del debido proceso, entre otras cosas.
Todos los ciudadanos colombianos mayores de 18 años, se pueden verificar con su documento de identidad en la página web de la institución; y allí el sistema le indicará en qué punto de votación y en qué mesa debe cumplir con el deber.
De igual forma la web la mostrará el lugar, la fecha y la hora en la que tendrá que asistir a una capacitación necesaria para conocer los roles y funciones de un jurado de votación.
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¿Qué pasa si soy jurado de votación y no cumplo?
«Las personas notificadas como jurado de votación y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones o las abandonen; se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñen si son servidores públicos. Si no lo son, a multa equivalente hasta 10 salarios mínimos vigentes, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría.
Sin embargo, hay algunas causales que exoneran a los ciudadanos de esta responsabilidad; entre ellas una grave enfermedad o muerte del jurado, su cónyuge, hijo, madre o padre; votar en otro municipio o ser residente de un lugar distinto al punto de votación asignado.
Mecanismo de selección
La Registraduría informó que en esta oportunidad para el proceso de selección de los jurados se hizo una priorización de aquellos que fueron postulados por los partidos; luego entraron en lista los docentes, los trabajadores públicos y los estudiantes universitarios.

