Colombia aplica licencia menstrual remunerada
Aunque por ahora la licencia menstrual aplica únicamente para el sector público, desde distintos sectores se espera que este avance abra el camino para una futura extensión de la normativa al ámbito privado, como parte de una política integral de equidad menstrual en Colombia.
El Estado colombiano dio un paso en el reconocimiento de los derechos menstruales al establecer la licencia menstrual remunerada para mujeres y personas menstruantes que trabajan en el sector público. La medida busca garantizar condiciones laborales dignas cuando el ciclo menstrual genera síntomas que impiden el desempeño normal de las funciones presenciales.
La directriz fue formalizada por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) mediante la Circular Externa 100-002-2025, expedida en enero de este año y dirigida a entidades del orden nacional, departamental, distrital y municipal, tanto del sector central como descentralizado.
La disposición permite que las servidoras públicas que presenten diagnósticos médicos como dismenorrea, endometriosis o síndrome de ovario poliquístico puedan desarrollar sus labores bajo modalidad virtual hasta por tres días hábiles al mes, siempre que los síntomas sean incapacitantes y estén debidamente certificados por un profesional de la salud.
Se trata de una licencia paga, lo que significa que no afecta el salario, las primas ni las bonificaciones, ni puede convertirse en un motivo de sanción, discriminación o limitación en procesos de ascenso dentro de la entidad. Para acceder a este beneficio, se exige la presentación de un certificado médico vigente, el cual suele renovarse cada seis meses.
Fundamento legal y enfoque de derechos
La Función Pública sustentó la medida en varios artículos de la Constitución Política relacionados con la igualdad, el derecho al trabajo y a la salud, así como en normas como la Ley Estatutaria de Salud y la Ley 1257 de 2008. Además, retoma pronunciamientos de la Corte Constitucional que reconocen la menstruación y su manejo como un asunto de derechos humanos y de equidad de género.
En particular, el documento recuerda que la jurisprudencia ha señalado que las mujeres hacen parte de un grupo históricamente discriminado y que garantizar la igualdad material implica reconocer sus necesidades biológicas en el acceso al trabajo, la salud y la vida pública.
La circular no solo habilita el trabajo virtual en casos de sintomatología severa, sino que también insta a las entidades públicas a promover acciones de sensibilización y educación sobre salud menstrual. El objetivo es reducir estigmas, prevenir prácticas discriminatorias y fortalecer una cultura institucional basada en el bienestar y la dignidad.
La implementación de esta medida se enmarca además en el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026, que prioriza la salud de las mujeres como un componente clave para el desarrollo social y económico del país, y se alinea con recomendaciones de organismos internacionales como la ONU, el Banco Mundial y el UNFPA.
Aunque por ahora la licencia menstrual aplica únicamente para el sector público, desde distintos sectores se espera que este avance abra el camino para una futura extensión de la normativa al ámbito privado, como parte de una política integral de equidad menstrual en Colombia.