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Colombia

¿Eres trabajadora doméstica en Colombia? Conoce acá las garantías laborales

Lo primero que se debe tener en cuenta es que la relación se debe formalizar a través de un contrato a término indefinido

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El trabajo de servicio doméstico que, en la mayoría de los casos es liderado por mujeres, tiene sus garantías laborales. Si usted no lo sabía, le damos a conocer que, según el Ministerio del Trabajo, hay en promedio 634.000 personas dedicadas a la labor doméstica.

A muchas se les vulnera sus derechos laborales. A pesar que desde el Gobierno nacional han hecho incrementos de salarios, las empleadas no son ajustadas a lo que establece la ley.

El abogado y fundador del bufete Integry Legal, Jimmy Jiménez Meneses, dio a conocer una serie de consideraciones que deben tener en cuenta entre el empleador y la trabajadora doméstica.

Explicó que lo primero que se debe tener en cuenta es que la relación se debe formalizar a través de un contrato a término indefinido. Allí, debe respetarse tanto el pago y cumplimiento de todas las prerrogativas en seguridad social.

En el tema del salario, indicó el jurista, que lo monetario se debe mantener íntegro, es decir, que en ningún caso debe ser menor al salario mínimo, el cual debe ser cancelado al igual que las prestaciones sociales, de manera proporcional al tiempo que labora la trabajadora doméstica.

Otro segundo aspecto recae en que  las empleadas  tienen las mismas garantías de una persona que tenga un contrato laboral a término fijo o indefinido.  Se debe respetar las primas, auxilio de cesantías, intereses de cesantías, vacaciones, auxilio de transporte. También dotación para el cumplimiento de funciones y la correspondiente afiliación a la seguridad social.

¿Qué hacer si no garantizan un contrato de trabajo?

Jiménez Meneses indica que hay dos cosas que se pueden hacer. La primera es que deben exigirle a su empleador que suscriba un contrato formal de trabajo y que se cumplan las condiciones legales para el cumplimiento de la relación laboral.

Esto se debe activar cuando las personas que, teniendo una relación laboral, no se les esté respetando las prerrogativas pertinentes que deben tener este tipo de trabajadoras. Sería suscribir un contrato, el cumplimiento de las exigencias legales para el pago de seguridad social obligatoria, entre otras.

Y como segunda opción, está que si hay un despido sin justa causa y nunca se suscribió un contrato de trabajo, puede demandar. Esto para el reconocimiento de la relación mediante un proceso ordinario laboral, para que sean pagadas las prerrogativas y la respectiva indemnización.

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Andrea Montoya Pérez
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