Tras fallecimiento de niño por ataque canino, proponen campaña sobre mascotas peligrosas
En total fueron cuatro perros los que atacaron al pequeño
Este jueves se conoció el caso de un menor de cinco años que falleció luego de un ataque canino. Varios perros de raza pitbull lo atacaran en la ciudad de Bucaramanga, en el departamento de Santander.
Luego de este hecho, el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, propuso una campaña en todo el país junto con la Policía Nacional y autoridades locales para educar y hacer cumplir las normas del Código de Policía sobre tenencia de mascotas que ofrezcan peligro.
La raza pitbull, así como otras razas, son consideradas por la normatividad como “potencialmente peligrosas” y su tenencia es permitida, pero con unos cuidados y manejos especiales que se les exigen a sus dueños por parte de las autoridades.
En el artículo 126 del Código de Policía se establece que, “se consideran ejemplares caninos potencialmente peligrosos aquellos que presenten una o más de las siguientes características:
- Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o les hayan causado la muerte a otros perros.
- Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
- Caninos que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno Nacional determine.
Así mismo, el artículo 127 se refiere a la responsabilidad del propietario o tenedor de caninos potencialmente peligrosos: “El propietario o tenedor de un canino potencialmente peligroso, asume la total responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasione a las personas, a los bienes, a las vías y espacios públicos y al medio natural, en general”.
Tenencia de perros
La Ley 746 de 2002 “por la cual se regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos, dice que, en las vías públicas, en los lugares abiertos al público, y en el transporte público en que sea permitida su estancia, todos los ejemplares caninos deberán ser sujetos por su correspondiente traílla. En el caso de los ejemplares objeto de los artículos 108-E y 108-F de la presente ley, es decir los potencialmente peligrosos, deberán portar además su correspondiente bozal y permiso.
Además, el propietario debe adquirir una póliza de responsabilidad civil extracontractual, y quien se abstenga de adquirirlas, acarreará con todos los gastos para indemnizar integralmente al (los) afectado (s) por los perjuicios que ocasione el ejemplar, sin perjuicio de las sanciones que establezca la ley”.
El ataque
Según las primeras versiones, el menor había salido con un tío, regresaron y él nuevamente salió sin que el adulto se percatara, minutos después los familiares del menor comenzaron a escuchar frecuentemente varios ladridos y al verificar qué había pasado se dieron cuenta que era el infante el que estaba tendido en el piso sin signos vitales y con varias mordeduras, en total fueron cuatro perros los que atacaron al pequeño.
De acuerdo con el relato de los familiares del niño, el dueño de los perros ya tenía advertencias para que no soltara a los caninos y los mantuviera con bozal, a lo que ellos hicieron caso omiso.

