Estos son los días que deben darle de compensatorio por ir a votar
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👉 Seguir canal en WhatsAppFalta menos de un mes para las elecciones al Congreso de la República en Colombia y son 38.819.901 los colombianos que pueden participar en estos comicios del próximo 13 de marzo.
Las personas que ejerzan su derecho al voto y acudan a la jornada en la que serán elegidos los nuevos miembros del Senado y de la Cámara, podrán acceder a distintos beneficios solo con tener el certificado electoral.
Días que deben darle de compensatorio por ir a votar
Uno de los incentivos que existe para promover la participación democrática de los ciudadanos tiene que ver con el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, el cual establece que por votar los colombianos tienen derecho a medio día de descanso compensatorio remunerado.
Para hacerlo efectivo, se debe presentar el certificado electoral y ponerse de acuerdo con el respectivo jefe hasta 30 días después de las elecciones.
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Además, de acuerdo con el Artículo 105 del Código Electoral, quienes fueron elegidos como jurados de votación para esta jornada, tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo frente al respectivo jefe dentro de los 45 días siguientes a la fecha de los comicios.
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👉 Suscribirme en Telegram¿Estos periodos de tiempo de descanso son acumulables?
La respuesta es sí. Según el Consejo Nacional Electoral, quien se desempeñó como jurado y además ejerció su derecho al voto, tiene derecho a día y medio de descanso que debe acordarse con su jefe bajo las reglas contempladas en el código electoral.
Este beneficio aplica para los trabajadores que están contratados bajo contratos a término fijo, indefinido, o cualquier tipo de contrato laboral.
Si el jefe o empleador se opone a dar este beneficio, el empleado podrá denunciarlo ante el Ministerio de Trabajo.
