No hay «golpe blando» contra Petro, según la CIDH
El presidente ha dicho una y otra vez que de esa forma quiere sacarlo del poder
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) rechazó la petición presentada por los abogados del presidente Gustavo Petro relacionada con la investigación del Consejo Nacional Electoral (CNE) por presunta violación de topes de campaña en 2022. Según el tribunal, el CNE no tiene facultades para inhabilitar derechos políticos, lo que desestima el argumento de la defensa sobre una vulneración al “fuero integral” del mandatario.
En su pronunciamiento, revelado por El Tiempo, la Corte señaló que el litigio actual no está relacionado con el caso de inhabilitación de Petro como alcalde en 2020 por la Procuraduría General de la Nación, considerado inconvencional en su momento. “Debe darse la oportunidad al Estado de resolver la controversia según su derecho interno antes de recurrir a un proceso internacional”, puntualizó el tribunal.
La solicitud fue declarada improcedente al no estar vinculada al caso ni a las garantías de no repetición ordenadas en el fallo previo de la Corte IDH. Este pronunciamiento se suma a la negación de una tutela por parte del Consejo de Estado, que también buscaba frenar la investigación del CNE sobre supuestas irregularidades en la financiación de la campaña presidencial de Petro, estimadas en más de 5.000 millones de pesos.
Argumentos de la defensa de Gustavo Petro
Los abogados del presidente presentaron la solicitud ante la Corte IDH tras el anuncio del CNE, el 10 de octubre de 2024, sobre la apertura de cargos contra la campaña del Pacto Histórico. En su solicitud, la defensa pidió medidas urgentes para proteger los derechos políticos de Petro y exigió que el CNE se abstuviera de aplicar la Resolución 05175, que dio inicio a la investigación.
La defensa argumentó que el “fuero integral” del mandatario estaba siendo vulnerado, calificando la investigación como un intento de golpe de Estado. Además, cuestionaron la decisión del Consejo de Estado de permitir que el CNE avanzara en el proceso, señalando que la competencia para investigar al presidente recae exclusivamente en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
El equipo legal también advirtió que las sanciones del CNE podrían ir más allá de multas o devoluciones económicas, poniendo en riesgo el cargo del presidente. Sin embargo, la Corte IDH desestimó estos argumentos, reafirmando que no corresponde intervenir en este caso mientras exista un marco jurídico interno para resolver el conflicto.
