Economía

¿Cuándo pagan las cesantías en Colombia este 2023?

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Las cesantías son una prestación social que tiene como objetivo principal otorgarle al trabajador recursos que constituyan un auxilio en períodos de desempleo, aunque también puede ser retirada mientras se encuentre vigente la relación laboral, ya sea para la adquisición o remodelación de vivienda, estudios de educación superior, compra de acciones del Estado, entre otros.

El monto de esta retribución equivale a un mes de salario por cada año trabajado del empleado o proporcional si el trabajador lleva menos tiempo en la empresa y deben ser pagadas a todo trabajador dependiente, entre estos se encuentran los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico, choferes de servicio familiar y trabajadores por días y de tiempo parcial.

Es de anotar, que los trabajadores que devengan salario integral no reciben cesantías, ya que estas se encuentran incluidas en el 30 % que se les otorga como factor prestacional.

El valor de las cesantías debe se consignado por las empresas a sus empleados en su fondo privado (Protección, Porvenir, Skandia o Colfondos) o público (Fondo Nacional del Ahorro).

¿Cuándo pagan las cesantías?

Como cada año, el plazo para consignar las cesantías es hasta el 14 de febrero, en razón a que estas se deben depositar en las cuentas de los empleados antes del 15 de febrero. De esta manera, el límite final para 2023 caerá el día martes de la tercera semana del mes.

“El Ministerio del Trabajo recuerda a los empleadores del país, que tienen como fecha límite hasta el 14 de febrero para consignar en el fondo público o privado las cesantías de cada trabajador correspondientes al tiempo laborado”.

Si existe el caso de que el contrato de trabajo termine antes del 31 de diciembre y el empleador no haya realizado la consignación (ya que puede realizarla en enero), debe pagar el valor de las cesantías directamente al trabajador; si por el contrario las consignó, el trabajador debe realizar la solicitud directamente al fondo de cesantías.

Siempre se le recomienda a los independientes o a aquellos que tengan contrato por prestación de servicios, ahorrar voluntariamente en un fondo de cesantías privado o público el equivalente a un mes de ingresos para que pueda tener así una previsión en caso de quedar cesante.

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James García Rodríguez
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