Corte Suprema ratifica que las mascotas podrán ser motivo de embargo
Esta ratificación se dio en medio de un divorcio civil

En medio de un caso civil, la Corte Suprema de Justicia reafirmó que las autoridades sí tienen la potestad de «embargar» las mascotas. Esta ratificación se dio luego de que un juzgado de familia decretara esto como una de las medidas cautelares en medio de un divorcio civil.
La mujer divorciada dijo que sus perros Romeo y Salvador, mascotas de compañía tiene un lazo fraternal con sus hijos y que son parte fundamental de su familia, además los necesita en su hogar, pero sobre esto la sala definió el embargo en medio de la disputa por su separación.
La denunciante reclamó «la protección de sus garantías esenciales de unidad familiar, libre desarrollo de la personalidad y salud», y consideró «irregular» y que «vulneraba» sus derechos y los de su hijo, según se recoge en el fallo de la Corte Suprema.
Niegan tutela
Sin embargo, el alto tribunal decidió negar la tutela y ratificar la posibilidad de la justicia de «embargar» animales, por ello la Sala sentenció que, como existe ese mecanismo de defensa, no hay lugar a conceder la tutela.
Pese a la decisión, el magistrado Aroldo Wilson Quiroz señaló en su salvamento de voto que la Sala desaprovechó la oportunidad de introducir el concepto de familia multi-especie, ya que los animales son cada vez más parte de las familias y la jurisprudencia reciente habla de «seres sintientes».
Lo que se espera, es que con este salvamento a este fallo, se seleccione para revisión y saber si este juez de familia puede manejar a las mascotas como bienes de propiedad.

