Así se priorizarán los hogares beneficiarios del programa Mi Casa Ya
La meta es que los subsidios beneficien a los hogares más pobres y vulnerables y que lleguen a todos los municipios del país
El programa Mi Casa Ya (MCY), facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $4.000.000 (4 SMMLV).
Este jueves, la ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, Catalina Velasco, dio a conocer los ajustes que se realizarán al programa que funciona desde el año 2015 y que el nuevo Gobierno mantendrá.
“Los ajustes que se le hicieron a MCY responden a un diagnóstico desarrollado al programa, a las conclusiones de los diálogos regionales vinculantes y al trabajo conjunto entre el Gobierno, las comunidades, las constructoras, las cajas de compensación y las entidades de financiación”, explicó la ministra, quien agregó que la “meta es que los subsidios beneficien a los hogares más pobres y vulnerables y que lleguen a todos los municipios del país”.
¿Cómo se priorizarán los hogares beneficiarios?
Los subsidios se otorgarán a los beneficiarios de acuerdo con la disponibilidad, el puntaje de priorización y según el orden de llegada, pero teniendo en cuenta una priorización especial para la población con condiciones especiales de vulnerabilidad y la que está ubicada en zonas rurales y municipios pequeños. Además, a todo hogar interesado en el programa se le asignará un puntaje, que irá de 0 hasta 100, según sus características y la ubicación del proyecto de vivienda que desea adquirir.
Condiciones para adquirir una vivienda urbana nueva con Mi Casa Ya:
- Tener ingresos totales menores a 4 SMMLV ($4.000.000)
- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional
- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda que otorgue una Caja de Compensación Familiar.
- No haber sido beneficiarios de un subsidio otorgado por el Gobierno Nacional que haya sido efectivamente aplicado.
- No haber sido beneficiarios a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés.
- Contar con un crédito aprobado para la adquisición de una solución de vivienda

