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Colombia

¿A la espera de sus primas de Navidad? Esta es la fecha tope que tienen las empresas

Quienes no cumplan podría tener sanciones

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Desde este martes 15 de noviembre se puede decir que la Navidad ya está ‘a la vuelta de la esquina’, y con ello no solo llega la época de celebración, sino que también se hacen presentes todos los gastos que ello implica, sobre todo si hay niños en el hogar.

Es por eso que muchos de los trabajadores del país, ven en las primas de fin de año su ‘salvación’ a las preocupaciones económicas propias del mes de diciembre, como lo son los estrenos y regalos para los más pequeños de la casa, la inversión en la decoración y -entre otras cosas- los platos y comidas navideñas.

De acuerdo con lo que establece el decreto de ley 1045 de 1978, los trabajadores en Colombia tienen derecho a recibir dos primas al año, que deben equivaler a un mes de salario. Una se entrega en el mes de junio y la otra en el mes de diciembre para Navidad.

El monto debe incluir el auxilio de transporte, las horas extras y demás ingresos adicionales que el empleado obtenga durante todo el año. La fecha de inicio de pago es libre (incluso se puede solicitar un adelanto con un acuerdo empleador-empleado), pero no puede pagarse después del día que establece la ley.

prohibido celebrar Navidad
Foto: Freepik

¿Cuál es la fecha tope para las primas de Navidad?

En Colombia la fecha tope o límite es el 20 de diciembre, de manera que el trabajador tenga un sustento de cara a la noche del 24 de diciembre y el día siguiente que es día festivo. Si las empresas no cumplen con esto, podría recibir sanciones, siempre y cuando los afectados hagan la respectiva denuncia.

La multa que puede enfrentar un jefe por el no pago de la prima a tiempo, puede ser hasta de 5.000 salarios mínimos por orden del Ministerio del Trabajo, y podría verse obligado a indemnizar al empleado por cada día de retraso.

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Víctor Castro Gutierrez
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