Justicia mantiene vigente orden de detención contra Martha Peralta
Al estudiar la solicitud presentada por la defensa, la jueza encargada del caso concluyó que no existían elementos que permitieran considerar ilegal o arbitraria la privación de la libertad.
La congresista Martha Peralta continuará bajo custodia de las autoridades mientras avanza el proceso judicial que enfrenta por su presunta relación con las irregularidades investigadas en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd). Un juzgado de Bogotá resolvió no conceder el recurso constitucional con el que su defensa buscaba recuperar de manera inmediata la libertad.
La decisión judicial respalda la actuación adoptada por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, que ordenó la captura de la legisladora para garantizar su comparecencia dentro de una diligencia de indagatoria. Según la determinación conocida este fin de semana, la medida fue expedida por una autoridad con facultades legales para hacerlo y dentro de los parámetros establecidos por la legislación vigente.
Al estudiar la solicitud presentada por la defensa, la jueza encargada del caso concluyó que no existían elementos que permitieran considerar ilegal o arbitraria la privación de la libertad. Por esa razón, descartó la aplicación del hábeas corpus, mecanismo que procede únicamente cuando se demuestra una restricción injustificada o contraria a la ley.
En la providencia se advierte que “la orden de captura constituyó el ejercicio legítimo de una competencia legalmente atribuida al juez, previa valoración de los elementos de convicción obrantes en el expediente y con la correspondiente motivación jurídica, de manera que no puede calificarse como una actuación caprichosa o arbitraria, sino como una determinación adoptada en observancia del principio de legalidad y de las normas procesales que regulan la procedencia de las medidas de aseguramiento”.
El despacho también dejó consignado que “en consecuencia, la orden de captura encuentra sustento expreso en los artículos 336 y 341 de la Ley 600 de 2000, razón por la cual goza de presunción de legalidad y solo puede ser desvirtuada mediante los mecanismos procesales previstos por el ordenamiento jurídico, mas no a partir de afirmaciones subjetivas que atribuyan al funcionario un proceder arbitrario carente de respaldo normativo”.
La defensa de la senadora había argumentado que la medida resultaba innecesaria debido a que la congresista se presentó voluntariamente ante la Corte y, según su posición, nunca existieron señales de que pretendiera evadir a la justicia. Asimismo, cuestionó la fundamentación de la decisión y sostuvo que se habrían omitido elementos probatorios relevantes al momento de evaluar el caso.
Antes de que se resolviera la acción constitucional, la magistrada Cristina Lombana había solicitado declarar improcedente el recurso. En sus argumentos explicó que la medida tenía un carácter transitorio y estaba ligada exclusivamente al desarrollo de la diligencia judicial programada dentro de la investigación.
“Culminada la diligencia, la medida podría cesar, lo que confirma que no se trata de una detención preventiva ni de una restricción indefinida, sino de un acto instrumental al servicio de la diligencia”, indicó la magistrada.
Con esta decisión, la investigación relacionada con el presunto desvío de recursos en la Ungrd continúa su curso mientras la Corte Suprema adelanta las actuaciones correspondientes para establecer la eventual responsabilidad de los involucrados.

