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Economía

¿Qué trabajadores no recibirán la prima de diciembre y por qué?

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La prima de diciembre es un ingreso adicional muy esperado por muchos trabajadores colombianos. Sin embargo, no todos tienen la fortuna de recibir este beneficio. Esta compensación, que representa la mitad del sueldo mensual, se otorga tradicionalmente en dos pagos: uno en junio y otro durante los primeros veinte días de diciembre. Según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, todas las empresas, tanto del sector público como del privado, están obligadas a realizar este pago.

Trabajadores con contrato por prestación de servicios

Uno de los grupos que no reciben la prima de diciembre son aquellos trabajadores con contrato por prestación de servicios. Este tipo de contrato no está regulado por la legislación laboral, sino por la civil. Por lo tanto, el empleador no asume ninguna obligación laboral con respecto a la prima. Aunque estos trabajadores prestan sus servicios en beneficio de un tercero, se consideran trabajadores independientes y no tienen derecho al pago de la prima.

Trabajadores con salario integral

Otro grupo excluido de recibir la prima de diciembre son aquellos trabajadores con salario integral. Este tipo de contrato compensa el valor de las prestaciones sociales y extralegales, por lo que el 30% del factor prestacional ya está incluido en su salario. Debido a esta compensación adicional, los trabajadores con salario integral no reciben la prima de diciembre.

Contratos de aprendizaje

Los aprendices vinculados a las compañías mediante contratos de aprendizaje, como los estudiantes del Sena o universitarios, tampoco recibirán la prima de diciembre. Esta retribución está reservada únicamente para los empleados dependientes. Los contratos de aprendizaje tienen características especiales y no cumplen con los requisitos para recibir la prima de fin de año.

Trabajadores temporales, transitorios o independientes

Otro grupo afectado son los trabajadores temporales, transitorios o independientes. Estos empleados no tienen derecho al pago de la prima de diciembre según las normativas vigentes. Aunque puedan prestar servicios a diferentes empresas, su situación contractual no les otorga el beneficio de la prima.

Otros aspectos a tener en cuenta

Es importante mencionar que la prima de diciembre se paga durante los primeros quince días del mes, considerando el salario devengado al 30 de noviembre o el último promedio mensual si este fuera variable. Además, cabe destacar que existen otras condiciones laborales y contratos especiales que pueden influir en la recepción de la prima de diciembre.

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Sara Gonzalez
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