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Política

¿Qué es el estado de conmoción interior y por qué Rodolfo Hernández quiere implementarlo?

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El candidato presidencial por la Liga de Gobernantes Anticorrupción, Rodolfo Hernández, ha manifestado que firmará varios decretos el mismo día en que logre ser Presidente de la República. Uno de esos decretos es el de conmoción interior, para que se aplique, como máximo, por 90 días inicialmente.

El argumento de Hernández para llevar a cabo este estado de emergencia es el de “conjurar las causas que atentan gravemente contra la estabilidad institucional; y hacen peligrar la convivencia ciudadana originadas en la endemia en que se ha convertido la corrupción”, por lo que esta propuesta hace parte del gran paquete que ha diseñado el candidato para su principal bandera política: “acabar con la corrupción”.

Pero, ¿qué es el estado de conmoción interior?

Según reglamenta la Constitución Política de Colombia en su articulo 213 «en caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana; y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía, el Presidente de la República; con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa día; prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República».

El requisito que indica que se debe firmar por todos los ministros, es medianamente fácil de lograr porque es el mismo jefe de Estado el encargado de nombrar a sus ministros; por lo que es probable que ellos estén de acuerdo con él en las medidas que el presidente considere necesarias.

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El inconveniente es que dicho decreto le daría al Gobierno facultades adicionales con las que el mandatario podría suspender Leyes; restringir el libre movimiento de los ciudadanos por el país, imponer toques de queda, entre otras funciones.

Al respecto, la Constitución Política de Colombia indica en el mismo articulo que «mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos. Los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes incompatibles con el estado de conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público».

Indica también que «el Gobierno podrá prorrogar su vigencia hasta por noventa días más. Dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga del estado de conmoción, el Congreso se reunirá por derecho propio, con la plenitud de sus atribuciones constitucionales y legales. El Presidente le pasará inmediatamente un informe motivado sobre las razones que determinaron la declaración. En ningún caso los civiles podrán ser investigados o juzgados por la justicia penal militar».

Si Hernández accede a todos esos plazos, lograría 9 meses con permisos adicionales para ejecutar leyes y contratos sin el debido permiso del Congreso; quien es el encargado de hacerle veeduría al Ejecutivo.

Sin embargo, todos los movimientos del Ejecutivo los supervisará la Corte Constitucional; quien tendría la facultad para eliminar los decretos que produzca el Gobierno e, incluso, para decretar el Estado de Conmoción Interior como inconstitucional.

¿Por qué Rodolfo Hernández lo decretaría?

El exalcalde de Bucaramanga sostiene que declararía el estado de emergencia antes mencionado para frenar la corrupción; pero podría tener otros motivos, como que no tiene mayorías en el Congreso para impulsar todos sus proyectos; ya que su movimiento, por ejemplo, no lanzó ninguna lista para el Senado.

 

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