Nueva ley unifica reglas para patinetas eléctricas, bicicletas asistidas y otros vehículos de micromovilidad en Colombia
Menores de 16 años no podrán circular libremente en vehículos livianos

Con la aprobación de la Ley 2486 de 2025, Colombia establece por primera vez una normativa nacional para regular el uso de vehículos eléctricos livianos de transporte individual, como patinetas, bicicletas con asistencia eléctrica y monociclos. La medida responde al crecimiento exponencial de este tipo de movilidad en las principales ciudades del país y busca garantizar condiciones mínimas de seguridad y orden vial.
La norma aclara que estos vehículos no deberán someterse a los requisitos comunes para automotores. Es decir, quienes los usen no estarán obligados a matricularlos ante los organismos de tránsito, ni a portar licencia de conducción o Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). El Ministerio de Transporte justificó esta exención señalando que, por sus características técnicas —peso ligero y velocidades moderadas—, representan un riesgo vial bajo.
Sin embargo, la ley sí impone restricciones importantes. Solo podrán ser operados por mayores de 16 años, con la excepción de adolescentes entre 12 y 16, quienes podrán usarlos únicamente en espacios habilitados para ciclistas. También se prohíbe llevar acompañantes, transitar por aceras y zonas peatonales, y circular en la Red Vial Nacional (excepto en el caso de las bicicletas eléctricas, que sí están autorizadas en estas vías).
Sobre el uso obligatorio de casco
Otras obligaciones incluyen el uso obligatorio de casco para todos los conductores y la exigencia de prendas retrorreflectivas durante las horas de menor visibilidad, entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m. La velocidad máxima autorizada será de 25 km/h en ciclorrutas y hasta 40 km/h en otras vías habilitadas para su uso. Además, queda prohibido conducir estos vehículos bajo el efecto del alcohol o sustancias psicoactivas.
La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, señaló que la legislación responde a la necesidad de organizar el creciente fenómeno de la micromovilidad: “Tenemos que reglamentar eso con seriedad, técnica y pensando en la vida”, afirmó. La funcionaria también advirtió que esta ley servirá para establecer una política pública coherente a nivel nacional y evitar la fragmentación normativa entre regiones.
Como parte del proceso de implementación, el Ministerio liderará un ciclo de mesas de trabajo a lo largo del próximo año. Estas incluirán a expertos, universidades, organizaciones civiles y representantes de los usuarios, con el objetivo de construir una reglamentación técnica detallada basada en estudios existentes.
Con esta ley, el Gobierno busca consolidar una visión unificada frente a un tipo de movilidad que se ha convertido en protagonista del espacio urbano, promoviendo su uso responsable sin caer en vacíos normativos ni en regulaciones desarticuladas entre territorios.





