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Economía

Gobierno abrió nuevo ciclo de postulaciones para el PAEF, estos son los requisitos para aplicar

Desde el 4 y hasta el 11 de noviembre las empresas afectadas por la pandemia podrán aplicar para las nóminas de abril y mayo.

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Gracias a la aprobación de la reforma tributaria o Ley de Inversión Social, y la ampliación que se logró con esta para el Programa de Apoyo al Empleo Formal (Paef), los empresarios podrán hacer un nuevo proceso de postulación, el cuál estará abierto hasta el 11 de noviembre y buscará ayudar, especialmente, a las pequeñas y medianas empresas.

Aquellos empleadores que para el mes de marzo de 2021 hayan tenido máximo 50 trabajadores registrados en PILA y cumplan con todos los requisitos del programa recibirán un apoyo económico equivalente al 50% de un salario mínimo por cada mujer trabajadora, es decir $454.000.

Este monto aplica a todos los trabajadores de los sectores turístico, de hotelería, gastronomía, actividades artísticas, de entretenimiento y recreación; para los empleadores de otros sectores y de trabajadores hombres tendrán un apoyo equivalente al 40 % del salario mínimo ($363.000).

Los requisitos para aplicar al PAEF

El principal requisito para aprovechar los beneficios del Paef es haber tenido una caída del 20 % o más en los ingresos, comparado con el mismo mes de 2019, o con el promedio enero – febrero 2020.

Según la UGPP, podrán presentarse personas jurídicas, consorcios o uniones temporales, entidades sin ánimo de lucro o patrimonios autónomos declarantes de renta, cooperativas, establecimientos educativos no oficiales y personas naturales con dos o más trabajadores reportados en Pila de febrero 2020.

Los empleadores también necesitan una inscripción en el registro mercantil realizada o renovada por lo menos en 2020 y las entidades sin ánimo de lucro, consorcios o uniones temporales deben aportar copia del Registro Único Tributario (RUT).

Además, es necesario que el empleador tenga un producto de depósito en una entidad financiera y que su constitución sea antes del 1 de enero de 2020 (para las personas naturales se toma como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil).

Finalmente, las entidades participantes no deben tener participación de la Nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50 % de su capital.

Entre los documentos que deben presentar los empleadores está el formulario de postulación diligenciado y firmado y una certificación firmada por la persona natural empleadora o representante legal y el revisor fiscal o contador público que señale la disminución del 20 % o más en sus ingresos, que los empleados sobre los que recibirá el aporte recibieron el salario del mes anterior y los patrimonios autónomos y entidades sin ánimo de lucro deben adjuntar copia del RUT.

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James García Rodríguez
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