¿Alguna información? ¿Necesitas contactar al equipo editorial? Envía tus correos electrónicos a [email protected] o ve a nuestro formulario.
ColombiaEconomía

Fecha y cómo reclamar el pago de Colombia Mayor en octubre

Suscribite a nuestro canal para recibir toda la información

Desde el miércoles 5 de octubre, hasta el 19 del mismo mes estará disponible la transferencia monetaria, que corresponde a septiembre, para los beneficiarios del programa Protección Social al Adulto Mayor (Colombia Mayor). Todos recibirán 80.000 pesos.

El retiro de este incentivo se podrá hacer en los más de 27.000 puntos del operador Matrix SURED y sus aliados, que están encargados de la entrega del subsidio en todos los municipios del país. En el siguiente enlace está el listado de los municipios.

Prosperidad Social recuerda a los beneficiarios del programa que, en el punto de pago, debe manifestar la intención de cobrar la transferencia de Colombia Mayor. Debe contar el dinero delante del cajero, solicitar la tirilla de pago y verificar que el valor corresponde al recibido.

Para ser beneficiario debe cumplir con los siguientes requisitos:
  • Ser colombiano
  • Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional
  • Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir

De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.

¿Si cumplo con esos requisitos cómo puedo inscribirme?
  1. El adulto mayor se debe acercar a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico.
  2. Se verifica el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
  3. Posteriormente a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta.
  4. A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los Criterios de priorización los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
  5. Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; en la medida que se liberan cupos sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios, de acuerdo con los siguientes criterios:
    • La edad del aspirante.
    • El resultado SISBÉN establecido para el ingreso al programa o el listado censal para el caso de los pueblos indígenas.
    • La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
    • Personas a cargo del aspirante.
    • Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de alguna persona.
    • Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema, En este evento el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.
    • Pérdida del subsidio por traslado a otro municipio.
    • Fecha de solicitud de inscripción al programa.
  6. Si posterior a los cruces de información realizada a través de diferentes fuentes del nivel nacional, se evidencia que el aspirante no cumple con alguno de los requisitos de ingreso, se notifica a la alcaldía para realizar la verificación en territorio.

TAMBIÉN PUEDES LEER: Joven que había enviado el dinero de sus estudios a una cuenta errada pudo recuperarlos

Lee también:
María Vargas Jimenez
Suscribite a nuestro canal para recibir toda la información