Colombia

Estos son los requisitos que deben cumplir los conductores que ingresan desde Venezuela

Los requisitos entrarán en vigencia el próximo 9 de febrero

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El Ministerio de Transporte dio a conocer el Instructivo Integral de Frontera, en el cual están establecidos los requisitos, que entrarán en vigor el próximo 9 de febrero, para el tránsito de vehículos provenientes de Venezuela.

“Este Plan Operativo, que se inicia hoy con una primera fase de socialización con transportadores y comunidad del Instructivo Integral de Frontera, hasta el próximo 8 de febrero, beneficiará al transporte internacional y de forma progresiva mejorará las condiciones de otras modalidades de transporte”, dijo el ministro de Transporte, Guillermo Reyes.

Requisitos para el ingreso y tránsito:

Vehículos particulares

  • Licencia de conducción
  • Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente
  • Documento de propiedad del vehículo
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.
  • Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico- mecánica y de gases. El vehículo debe estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.
  • Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía/cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).
  • El periodo de permanencia habilitado por la Tarjeta de Movilidad Fronteriza y la cédula venezolana no deberá sobrepasar los siete (7) días calendario.

Motocicletas

  • Licencia de conducción
  • SOAT vigente
  • Documento de propiedad del vehículo
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible
  • Porte obligatorio de casco y chaleco reflectivo
  • Prohibido la circulación de pasajero o parrillero hombre en la unidad territorial que corresponda.
  • Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.
  • Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico- mecánica y de gases. El vehículo debe estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.
  • Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía/cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Servicio público transfronterizo colectivo (buses y busetas origen destino Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo – UEDF)

  • Licencia de conducción
  • Revisión técnico – mecánica
  • SOAT vigente
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo
  • Permiso o tarjeta de operación o certificado de prestación del servicio CPS y el DT 9 o DT 10.
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000, de acuerdo a la Ley 2198 de 2022.
  • Deberán circular por las rutas autorizadas con destino final las terminales autorizadas de transporte
  • Se deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad
  • No está permitido el uso de vidrios polarizados
  • El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional.
  • Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Taxis

  • Licencia de conducción
  • Revisión técnico – mecánica
  • SOAT vigente
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo
  • Permiso o tarjeta de operación
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000.
  • Las rutas en el trayecto origen – destino se realizan bajo servicio de transporte puerta a puerta. El regreso se realiza sin pasajeros.
  • Se deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad
  • No está permitido el uso de vidrios polarizados
  • El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional
  • Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Transporte internacional de carga

  • Licencia de conducción
  • Revisión técnico – mecánica
  • SOAT vigente
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de mercancías por carretera.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo
  • Manifiesto de Carga Internacional expedido por la empresa autorizada.
  • El vehículo y unidad de carga debe circular con sus placas en lugar visible
  • Certificado de Habilitación
  • Carta de Porte Internacional por carretera
  • La carga deberá ser descargada y/o transbordada a los depósitos y/o almacenadoras habilitadas que se encuentren ubicadas en un rango no superior a veinte (20) kilómetros contados desde la frontera.
  • Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Transporte internacional de pasajeros

  • Licencia de conducción
  • Revisión técnico – mecánica
  • Seguro obligatorio SOAT vigente
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de pasajeros.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
  • Manifiesto y/o listado de pasajeros
  • Permiso o tarjeta de operación
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible
  • Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).
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María Vargas Jimenez
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