La condena a ‘El Cigala’ por maltratar a su exmujer
La información fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la región de Andalucía, el cual explicó que la sentencia no está en firme y el sindicado puede apelar al recurso de apelación.
La violencia contra la mujer está presente en diferentes países del mundo, donde las autoridades mantienen las alertas encendidas para detectar los casos: existen mujeres violentadas que prefieren callar por temor a represalias, mientras otras rompen el silencio para poner su vida a salvo.
Sobre este tema sale a colación el nombre del cantautor español Diego Ramón Jiménez Salazar, mejor conocido como “El Cigala”, a quien un juzgado de su país le dictó dos años y un mes de cárcel por malos tratos a su exmujer.
La información fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la región de Andalucía, el cual explicó que la sentencia no está en firme y el sindicado puede apelar al recurso de apelación.
Tres delitos le imputaron
El cantautor está condenado por tres delitos de malos tratos en relación a agresiones cometidas sobre la víctima, por los que además de la pena de prisión impone la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años.
“Ha sido dependiente económicamente del acusado. Cuando la víctima se quedó embarazada de su primer hijo, la relación sentimental entre ambos “comenzó a deteriorarse y las discusiones entre ellos (…) se volvieron frecuentes”, dijo la jueza, quien lo condena también por un delito leve y continuado de vejaciones.
En la sentencia relatan que en una discusión ocurrida en 2017, “El Cigala” le dio una bofetada a su expareja. Además, afirman que en ocasiones le gritaba a su exmujer palabras indecentes como “pu3a”, “mald#t%”, entre otras.
“En otro episodio en 2019, después de un concierto y tras un enfrentamiento verbal acalorado, el cantaor le propinó un empujón que la hizo caer al suelo, y estando tirada en el suelo, el acusado le siguió dando golpes y patadas por el cuerpo», agregaron en el documento.
Es importante destacar que en la sentencia, la jueza explica que la valoración de las pruebas fue «extraordinariamente compleja», entre otras cosas por la dimensión internacional del acusado, el «posible interés de algunos testigos en el resultado del procedimiento y subraya que la declaración de la víctima fue la principal prueba de cargo practicada contra el acusado”.




