Gobierno declara emergencia económica y social por daños causados por terremoto
La medida quedó establecida mediante el Decreto 1261 de 2026, firmado por el presidente Abelardo De La Espriella y su gabinete ministerial. La declaratoria tendrá una duración inicial de 30 días calendario y permitirá al Ejecutivo adoptar medidas extraordinarias para atender las consecuencias del desastre.
El Gobierno Nacional declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el país como respuesta a las afectaciones provocadas por el terremoto del pasado 10 de agosto, que dejó daños en viviendas, carreteras, centros educativos, instalaciones de salud y servicios públicos en diferentes regiones.
La medida quedó establecida mediante el Decreto 1261 de 2026, firmado por el presidente Abelardo De La Espriella y su gabinete ministerial. La declaratoria tendrá una duración inicial de 30 días calendario y permitirá al Ejecutivo adoptar medidas extraordinarias para atender las consecuencias del desastre.
El sismo, registrado a las 7:34 de la mañana y con epicentro en San José del Palmar, Chocó, produjo afectaciones reportadas en departamentos como Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre.
El alcance de la emergencia no se limita necesariamente a los territorios que ya cuentan con daños identificados. El decreto contempla también aquellos municipios en los que posteriormente pueda demostrarse una afectación relacionada directamente con el fenómeno sísmico.
Gobierno podrá mover recursos para atender la emergencia
La decisión permite al Ejecutivo utilizar herramientas excepcionales en áreas como presupuesto, contratación, crédito, impuestos y financiación, además de crear fondos especiales o trasladar recursos disponibles de otros fondos que todavía no estén comprometidos.
El objetivo de estas facultades será disponer de recursos para atender las necesidades generadas por el terremoto, brindar asistencia a las comunidades afectadas y avanzar en la recuperación de la infraestructura dañada.
El decreto establece que estas medidas deben guardar relación directa con la emergencia y tener carácter temporal y proporcional. En ese sentido, las facultades extraordinarias no están planteadas como una solución general a las dificultades estructurales de las finanzas públicas.
La declaratoria se fundamenta en el artículo 215 de la Constitución Política, que permite al Gobierno adoptar medidas con fuerza de ley cuando circunstancias excepcionales alteran de manera grave el orden económico, social o ecológico del país.
Según el Ejecutivo, los mecanismos ordinarios de respuesta no serían suficientes para atender la magnitud y extensión de las afectaciones provocadas por el terremoto. Por ello, el Gobierno argumenta que requiere herramientas adicionales para acelerar la atención de las comunidades y la recuperación de las zonas afectadas.
Durante los próximos 30 días, las medidas que adopte el Ejecutivo deberán estar vinculadas directamente con la atención de la emergencia, mientras las autoridades avanzan en la evaluación de los daños y en la identificación de las necesidades de reconstrucción en los territorios afectados.

