Padres que incumplan manutención alimentaria ya no irían a prisión
Lo propuso el nuevo ministro de Justicia

Con el alegato de que privarlos de la libertad no soluciona el problema y de que la medida ayudaría a disminuir el índice de hacinamiento carcelario, el ministro de Justicia, Néstor Ozuna, puso sobre la mesa la posibilidad de que se elimine del código penal el articulo que ordena prisión a los padres que incumplan con la manutención alimentaria de sus hijos.
De acuerdo con Ozuna, cuando un padre queda tras las rejas por no velar por el bien alimenticio de sus hijos, la situación se mantiene igual porque continúa sin hacerlo, razón por la que cree que no hay mucho sentido en que una medida como esa siga vigente.
«Por la consideración de que el encarcelamiento del padre que incumple con la obligación alimentaria no es equivalente con el propósito que se quiere con la medida, es decir, no logra que cumpla con la obligación de pagar el alimento al hijo o a la hija», precisó Ozuna.
Recordemos que actualmente la ley establece los padres que sustraigan sin justa causa a la prestación de alimentos legalmente debidos a sus ascendientes, descendientes, adoptante o adoptivo o cónyuge, incurrirán en prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de diez (10) a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
Esto se agrava con «prisión de dos (2) a cuatro (4) años y multa de quince (15) a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes, cuando la inasistencia alimentaria se cometa contra un menor de catorce (14) años».
De momento se trata solo de una propuesta presentada por el ministro según su parecer y el análisis que ha hecho al sistema judicial desde que asumió el cargo. Para que se convierta en una realidad, debe surtir el trámite que compete ante las entidades que corresponde.

